ENTREGA DE INFORMES FORENSES A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE EL SALVADOR
Se han cumplido 7 meses que presentamos en la Asamblea Legislativa la solicitud de indulto para 17 mujeres encarceladas injustamente y que cumplen condena de 12 a 40 años de prisión. Hoy tenemos razones aún más firmes para pedir que sean puestas en libertad, que se les conceda el indulto que contempla la Ley Especial de Ocursos de Gracia, porque nuestra solicitud está respaldada por estudios científicos de personas expertas independientes, que ponen en evidencia la falta de rigurosidad de pruebas con las que fueron condenadas.
Este día, estamos entregando a los Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de Justicia, y a Diputados y Diputadas de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, copia de informes ginecologicos elaborados por las Doctoras Christine Curry y Jodi Abbott que desde Universidades en Estados Unidos han podido analizar expedientes, enviar sus valoraciones y recomendaciones. Hace pocas semanas entregamos un estudio similar realizado por el Doctor Gregory J. Davis reconocido médico forense, experto en patología y toxicología en la Corte Federal de los Estados Unidos, quien también expone argumentos que refuerzan la petición de libertad para Las 17.
Las conclusiones de las expertas que estudiaron estos casos, afirman que: “Las mujeres pobres, especialmente aquellas que podrían estar desnutridas o anémicas, tienen embarazos de alto riesgo, por definición, y son especialmente propensas a sufrir de un parto prematuro o complicaciones fetales” y añaden: “En nuestra opinión como expertas, los escenarios médicos descritos justifican una revisión cuidadosa caso por caso. A menudo hay numerosos escenarios médicos posibles que determinan una muerte fetal o neonatal sin homicidio”.
A Las 17 no se les garantizó la presunción de inocencia ni un juicio justo. Dado que la Fiscalía no presentó testigos, ni prueba directa de que estas mujeres hubieran tenido intención, ni realizado ningún acto que condujera a la muerte de las criaturas. Confirmamos que estas mujeres, por su falta de recursos económicos, no tuvieron una defensa apropiada que demostrara que no realizaron ningún acto intencional que ocasionara la muerte perinatal de las criaturas, es decir no hubo lo que los juristas llaman “dolo”. Los estudios demuestran que Las 17 fueron condenadas con pruebas técnicas inconsistentes.
Según el Dr. Gregory J. Davis, las pruebas forenses presentadas para condenarlas carecen del rigor científico necesario. Afirmando que los informes forenses del Instituto de Medicina Legal que aseguran que las criaturas nacieron vivas, basándose en la realización de la prueba denominada “docimasia hidrostática” no son concluyentes pues: “El hecho de que los pulmones flotaban en la autopsia ni prueba ni refuta la hipótesis de que el bebé hubiera nacido con vida. Desde hace más de un siglo, esta prueba, se considera no confiable”. De igual forma se explica que “un parto precipitado, asociado con la forma de agarrar al bebé mientras es expulsado por el canal vaginal, puede causar múltiples lesiones en el parto, como las sufridas por el bebé de la señora Alba por lo que no son diagnóstico de infanticidio.”
Es necesario que la Corte Suprema de Justicia Plena, pueda leer cuidadosamente estos informes, que los compare con los informes forenses y las argumentaciones que están en cada uno de los expedientes judiciales, que puedan advertir las inconsistencias y el prejuicio en que las condenas se basaron.
Es importante que los órganos del Estado escuchen las recomendaciones del reciente ejercicio del Examen Periódico Universal realizado en el marco de las Naciones Unidas, varios Estados exhortaron a revisar la legislación en esta materia, y de manera específica la representación de España recomendó poner en libertad a las mujeres y jóvenes que sufren prisión por causas asociadas a esta legislación. Por ello reiteramos que estas mujeres no abortaron sino que tuvieron complicaciones obstétricas, pero el prejuicio en relación al aborto hizo que las denunciaran, las llevó a la cárcel y que más tarde las condenarán por homicidio agravado.
Estas mujeres, sus hijos y familiares tiene derecho a rehacer sus vidas, Por sentido de humanidad y justicia estas mujeres tienen derecho al indulto, no representan amenaza para la sociedad,el Sistema Penitenciario no tiene posibilidad de garantizarles condiciones favorables para su desarrollo personal, para su integración a la vida social al recobrar su libertad.
➢ Una vez más hacemos un llamado a Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de Justicia a resolver favorablemente las solicitudes de indulto de Las 17, para rectificar las violaciones procesales a la presunción de inocencia y los graves errores en las sentencias contra estas mujeres.
➢ Llamamos a Diputados y Diputadas de la Asamblea Legislativa a cumplir con su responsabilidad, resolviendo pronta y oportunamente las solicitudes de indultos.
➢ Insistimos con los medios de comunicación a que hagan un trabajo informativo responsable, verificando sus fuentes, contrastando opiniones sin difundir información falsa, parcial ni calumniosa.
➢ Reiteramos nuestra solicitud a la Procuraduría de Derecho Humanos a velar por el debido proceso de trámite de la solicitud de Indulto y por la integridad física y legal de las defensoras de derechos humanos.
PORQUE LA LIBERTAD DE LAS 17
ES UN ACTO DE RESPONSABILIDAD, JUSTICIA Y HUMANIDAD